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martes, 26 de septiembre de 2017

Unos detectives descubren que una trabajadora desarrollaba tareas incompatibles con su situación de baja laboral

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia desestimó el recurso presentado por la trabajadora de una residencia de ancianos sancionada con suspensión de empleo y sueldo de tres meses al ser sorprendida cuando cargaba una caja de seis kilos y desarrollaba una actividad que era incompatible con la lumbalgia por la que se encontraba de baja laboral.

El seguimiento que le hicieron unos detectives privados permitió comprobar que desarrollaba actividades incompatibles con la lumbalgia que alegó para pasar a la situación de Incapacidad Temporal (IT)

La empresa acusa a la trabajadora de «o bien prolongar su situación de incapacidad al desarrollar tareas que retrasan su curación, impidiendo su incorporación a su puesto de trabajo, o bien simular la situación de IT, o ambas cosas».

El seguimiento llevado a cabo por los detectives reveló que, entre otras actividades, la empleada llevó un día una caja de leche de seis litros y otra botella de un litro. Según la empresa, caminaba «a un ritmo normal con un total de siete litros durante diez minutos».

La Sala del TSJ concluye que «las actividades descritas en los hechos probados no se acreditan como aquellas que son recomendables para la curación de la lumbalgia, que serían las realizadas bajo la supervisión o recomendación de un profesional médico o fisioterapeuta».

Fuente: http://www.laverdad.es

martes, 11 de octubre de 2016

¿Es legal contratar detectives para comprobar si la baja laboral de un empleado es real?

Existe un amplio abanico de motivaciones que llevan a un empleado a fingir una baja laboral

En algunos ocasiones, se trata simplemente de disfrutar de algunos días libres. Otras, se producen como represalia contra el empresario como consecuencia de una relación deteriorada entre ambos. Pero, con la llegada de la crisis, la más habitual es el estar realizando una actividad profesional empleando el "tiempo libre" que proporciona la situación de baja temporal, obteniendo así unos ingresos extras.

Ante la sospecha de una baja laboral fingida, son muchos los empresarios que recurren a agencias de detectives amparados por la facultad que la legislación les otorga.

Según el artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores, “el empresario podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, guardando en su adopción y aplicación la consideración debida a su dignidad humana y teniendo en cuenta la capacidad real de los trabajadores disminuidos, en su caso”.

En el periodo en el que el trabajador se encuentra de baja laboral temporal, éste debe colaborar de forma activa en su recuperación, considerando la jurisprudencia que puede ser causa de despido realizar trabajos durante el tiempo en el que se esté en situación de incapacidad temporal y hacer actividades que demoren o perjudiquen la curación del empleado.


miércoles, 1 de julio de 2015

Un informe de detectives privados corrobora que puede volver a trabajar

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJ) ha desestimado el recurso presentado por un hombre, con depresión tras un accidente laboral, contra la resolución judicial que declaró que estaba en condiciones de volver a trabajar.

El hombre sufrió un accidente laboral en 2007 cuando, al manipular la manguera de un camión cisterna, recibió un chorro de agua y gas fenol en el pecho y en la cara. Como consecuencia del accidente, pasó a la situación de incapacidad total permanente para su trabajo habitual pero, tras la revisión posterior de dicha resolución, se consideró que su estado había mejorado y que se encontraba en condiciones de volver al trabajo.

Al proceso fue incorporado un informe realizado por detectives privados "en el que se observa que camina sin claudicación, que conduce diferentes vehículos y que carga pesos".

El Juzgado de lo Social desestimó su demanda y absolvió al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), a la empresa y a una mutua, a los que el hombre había demandado.

Ahora, la Sala de lo Social del TSJ, al rechazar su apelación, indica que no se ha demostrado que no esté en condiciones de desarrollar sus tareas habituales y añade que "no está probado que los medicamentos le impidan conducir, ni que sus afectaciones psíquicas sean de gravedad para obtener una incapacidad permanente total". 

Fuente: ABC.es

lunes, 2 de febrero de 2015

Detectives privados para demostrar que se realiza una actividad laboral en casos de bajas fingidas

Detectives privados en Madrid demuestran la falsa baja laboral¿Sospecha que la baja laboral de uno de sus empleados no es real? ¿Tiene la certeza de que trabaja mientras está de baja y necesita pruebas? ¿Necesita confirmar que no sigue el tratamiento como debería?

El Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 20.3, otorga al empresario la facultad 
para adoptar las medidas de control y vigilancia que estime más oportunas con el fin de verificar el cumplimiento por parte del trabajador de sus obligaciones. 

Durante su situación de baja laboral temporal, el trabajador debe colaborar activamente en su recuperación, considerando la jurisprudencia que se transgrede la buena fe contractual y puede ser causa de despido la realización de trabajos durante la situación de incapacidad temporal y la realización de actividades que perturben o demoren la curación del empleado o su futura aptitud laboral.

Para la jurisprudencia, es indiferente que el trabajo realizado sea remunerado o no, o por cuenta propia o ajena, habiéndose considerado como motivo de despido en algunos casos, conforme a sus respectivas sentencias, la conducción esporádica del propio vehículo, la asistencia a bares, la práctica de deportes, las actividades de recreo, etc.

Las pruebas aportadas por detectives privados pueden ser fundamentales a la hora de demostrar la transgresión de la buena fe contractual por parte del trabajador, constituyendo el informe del detective una valiosa prueba testifical, que éste deberá ratificar personalmente en sede judicial.


martes, 9 de septiembre de 2014

Los jueces desestiman la invalidez permanente de una mujer gracias al informe de detectives privados

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia respalda la decisión del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) sobre una mujer que reclamó la declaración de invalidez permanente total tras sufrir un accidente «in itinere».

La mujer, que trabajaba en una explotación agraria, sufrió diversas lesiones en el accidente, por lo que pidió la invalidez. El INSS declaró que, a pesar de haberle quedado una limitación en la movilidad de un brazo, podía desarrollar su trabajo.

El Juzgado de Primera Instancia, en una sentencia que ahora se ve confirmada por la Sala de lo Social, desestimó la demanda que la mujer entabló contra el INSS, la empresa y la mutua con la que ésta tenía concertados los riesgos por accidente. 

El seguimiento llevado a cabo por detectives privados ha sido una de las pruebas tenidas en cuenta por los jueces para no acceder a su petición. El tribunal señala que es evidente que la limitación funcional que sufre es perfectamente compatible con los trabajos que son propios de un peón agrícola y está debidamente corroborada por el informe de los detectives.

Fuente: ABC