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miércoles, 21 de abril de 2021

¿Necesita demostrar la actividad laboral de su ex-cónyuge?

Una de las causas más comunes para acudir a una agencia de detectives es el querer demostrar que las circunstancias que llevaron a fijar en el momento del divorcio la cuantía de la pensión de alimentos de los hijos o la compensatoria han cambiado, bien porque uno de los cónyuges oculte estar recibiendo una remuneración por su actividad laboral, bien porque declare solamente una parte de los ingresos que realmente está percibiendo.

Mediante la observación y control de las actividades de la persona investigada, un detective privado puede obtener pruebas suficientes para determinar que la situación laboral del ex-cónyuge no es la que declara y que ejerce una actividad laboral remunerada, cuál es, si acude a un centro de trabajo donde la lleva a cabo, sus horarios de apertura y cierre en caso de trabajar en un establecimiento...

En la mayoría de los casos, las pruebas obtenidas por detectives privados son determinantes para que el juez estime oportuna la modificación de la pensión alimenticia o, si se trata de una pensión compensatoria, la extinción de misma.

Más información: https://www.axiradetectives.com/detectives-divorcios-pensiones-alimenticias.html

Axira Detectives - Agencia de Detectives Privados en Madrid


sábado, 6 de mayo de 2017

Un detective demuestra que un hombre tiene ingresos y puede pagar la pensión alimenticia a sus hijas

Un padre separado permanece en la cárcel por no abonar la pensión alimenticia a sus dos hijas. El acusado asumió la autoría de los hechos y aceptó una pena de siete meses y medio de prisión, sumando así su cuarta condena firme por el mismo motivo. 

A raíz de la sentencia de divorcio del matrimonio dictada en 2007, el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Vigo, especializado en Familia, estableció que el padre debía abonar cada mes casi 1.000 euros a sus dos hijas en concepto de pensión de alimentos. Pero ante los sucesivos impagos desde 2009, el acusado fue acumulando condenas. En abril de 2011 fue la primera y se le castigó a trabajos en beneficio de la comunidad. En octubre de 2013 llegó la segunda sentencia y, en febrero de 2014, la tercera, que dictaminó el ingreso en prisión por reincidencia.

En su escrito inicial, la fiscal solicitó la libre absolución al estimar que el padre carecía de capacidad económica para pagar la pensión, llegando a ser archivada la causa. Sin embargo, se reabrió cuando la acusación particular demostró, gracias a la intervención de un detective privado, que el hombre tiene una actividad de comercial y que dispone de ingresos económicos.

Fuente: FARO DE VIGO

lunes, 23 de mayo de 2016

¿Divorcio de conveniencia? Detectives privados para probar si la separación es real

La crisis económica ha producido en los últimos años un curioso fenómeno cuya investigación llega a menudo hasta las agencias de detectives, el de los denominados "divorcios de conveniencia".

Se trata de matrimonios que se rompen, normalmente por intereses económicos, aunque realmente los cónyuges continúan manteniendo una relación sentimental.

Los motivos son muchos y diversos, pero entre las razones más habituales se encuentra la de evitar embargos.

Es común que empresarios a quienes no han ido bien los negocios decidan divorciarse para ceder a su ex-cónyuge todas las posesiones materiales y evitar así la pérdida del patrimonio. Pero también es habitual encontrar gente que se divorcia para que el domicilio de uno de los progenitores cambie y poder matricular a su hijo en otra escuela a la que, con el domicilio original, no lo habrían podido llevar.

El papel de los detectives privados en estas situaciones consiste en demostrar si el divorcio es real o se trata de un divorcio por interés. Esto es, probar que los implicados continúan conviviendo y que existe entre ellos una relación de pareja.

Obtenidas las pruebas, éstas podrán ser aportadas en cualquier proceso judicial y ratificadas en un juzgado por el detective que ha llevado a cabo la investigación.



viernes, 4 de marzo de 2016

Las pruebas del detective para demostrar incumplimientos del régimen de visitas

Cuando un matrimonio con hijos decide divorciarse o separarse, ambos cónyuges han de cumplir una serie de medidas en relación a la custodia de los hijos, el régimen de visitas, la pensión alimenticia y la pensión compensatoria si procede.

Una vez establecido cuál de los dos progenitores se quedará con la guarda y custodia de los hijos, en caso de que no sea guarda y custodia compartida, se fijará un régimen de visitas a favor del otro progenitor que permitirá a éste pasar tiempo con sus hijos.

A menudo, llegan hasta las agencias de detectives casos en los que se hace imprescindible demostrar las irregularidades surgidas en el cumplimiento del régimen de visitas, tanto por parte de uno, como del otro progenitor.

En el caso del progenitor que no tiene la custodia, probar el incumplimiento de horarios o sus reiteradas ausencias injustificadas a la hora de recoger a los niños están entre las solicitudes más comunes.

También es habitual que se produzcan incumplimientos por parte del progenitor custodio, como el impedir al otro ver a sus hijos, por ejemplo, si éste deja de pagar la pensión alimenticia. Sin embargo, con independencia del pago o no de la pensión alimenticia, el padre o madre tiene derecho a pasar tiempo con su hijo, ya que se entiende éste no sólo como un derecho suyo, sino también del hijo. El pago de la pensión de alimentos no es condición para pasar tiempo con los hijos.

La labor del detective privado en todas estas situaciones consiste en registrar y documentar las irregularidades que se produzcan, con el fin de que se pueda solicitar al juez posteriormente una revisión del régimen de visitas



martes, 29 de diciembre de 2015

Consiguen modificaciones en el régimen de visitas gracias al informe aportado por un detective privado

Dos niños deberán viajar en transporte público cuando tengan que encontrarse con su padre en Madrid según el régimen de visitas establecido.

Así lo dispone una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Murcia, tras haberse comprobado que el abuelo no respeta las normas de tráfico, poniendo en riesgo sus vidas.

La Audiencia Provincial ha estimado en parte el recurso presentado por la madre de los menores, que solicitó también en su demanda que se reconsiderara el régimen de visitas, ya que los continuos desplazamientos de los hijos a la capital de España, y de allí al país de residencia del padre, en el norte de Europa, les producía cansancio y alteraciones en su estado físico.

La Audiencia no ha estimado esta última solicitud al señalar que durante el proceso judicial no se ha probado que las enfermedades de los menores sean debidas a esa situación. Sin embargo, sí estima la petición en cuanto a que el traslado los fines de semana alternos desde Murcia a Madrid o viceversa se haga en transporte público en lugar de utilizar un vehículo particular.

La sala argumenta esta decisión basándose en el informe elaborado por un detective privado y otros documentos, que acreditan que en el traslado en un vehículo particular no se respetaron las normas de circulación, "lo que originó una situación de riesgo para los menores".

jueves, 24 de diciembre de 2015

Extinguen la pensión alimenticia de una joven al demostrarse que ya no convive con su madre

Una joven de 21 años pierde la pensión de alimentos que recibía de su padre al comprobarse que vivía con su novio.

La madre apeló contra la sentencia dictada por un Juzgado de Primera Instancia, alegando que esa convivencia no existía y que la joven continuaba residiendo en su domicilio. Además, indicó que, como admitió la hija, ésta se quedaba en algunas ocasiones en casa de su pareja "para poder estudiar", pero que eso no ocurría con sentido de permanencia, sino "algún día suelto".

Sin embargo, los detectives privados que hicieron un seguimiento a ésta demostraron lo contrario, aportando las pruebas necesarias.

Para retirar la pensión alimenticia a la joven, el juez tuvo en cuenta, no solo la convivencia con el novio, sino que no había mostrado interés por los estudios, poniendo como ejemplo que acabó la ESO con 19 años, cuando lo normal es hacerlo a los 16 años.

La Audiencia, por tanto, ha desestimado la apelación al considerar probado que la joven convive en el domicilio de su novio y demostrado que no lo hace en el de su madre.

Fuente: ABC.es


jueves, 29 de enero de 2015

Imponen el pago de las costas de un juicio a un padre que ocultó datos para reducir la pensión alimenticia

El informe de una agencia de detectives determinó que percibía más ingresos de los declarados y descubrió su gran patrimonio inmobiliario


Un juzgado de Sevilla ha impuesto las costas procesales a un padre por ocultar datos económicos con el fin de rebajar la pensión de alimentos que paga mensualmente a su hijo. La resolución de la jueza se basa, según la sentencia, en que "la ocultación de datos económicos en la demanda es patente" y ha generado "unos gastos procesales innecesarios".

El padre, ex-piloto de Iberia, pidió una modificación de la pensión alimenticia para su hijo de 19 años, que se había fijado en 1.100 euros al mes en 2008.

En su demanda, alegaba que se debía reducir la pensión alimenticia a 500 euros mensuales porque en 2013 se jubiló y pasó a cobrar 2.043 euros mensuales, lo que le dejaba con unos 900 euros al mes para vivir. Sin embargo, un informe de una agencia de detectives privados determinó que cobraba una renta temporal financiera que, junto a la pensión, sumaba una cantidad de 5.257 euros al mes. 

Detectives privados para investigar pensiones alimenticias y compensatorias
Además, la sentencia también subraya que el ex-piloto tiene, según el informe de detectives, un patrimonio inmobiliario con seis propiedades, por lo que la jueza indica que no han variado las circunstancias económicas que se tuvieron en cuenta para establecer en 1.100 euros la pensión alimenticia para su hijo.

El informe de los detectives privados recoge entre el patrimonio inmobiliario un apartamento en Madrid, dos en Sevilla, dos viviendas unifamiliares y una vivienda en la playa, así como seis vehículos en propiedad, todos ellos en uso. 

Por todo ello, la sentencia desestima la demanda del padre para rebajar la pensión alimenticia de su hijo y le impone el pago de las costas, siendo incluido como gastos, en virtud del artículo 241.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, el informe de los detectives privados aportado a la causa.

Fuente: 20minutos